Published On: 22 diciembre, 2022By 4,6 min readCategories: blog

Los vales de alimentación son pagos deducibles en la retención en la fuente, por lo cual son una alternativa interesante de remuneración para los empleados y empresas que quieren aprovechar los beneficios tributarios que ellos generan.

Si estás interesado en usar esta modalidad de remuneración, te contamos cuáles son las condiciones que debes cumplir para aprovechar el beneficio y liquidar correctamente la retefuente de nómina.

¿Qué son los vales de alimentación?

Los vales de alimentación son unos títulos expedidos por ciertas empresas acreditadas que deben garantizar que solo podrán ser canjeados por alimentos.

Cuando tu empresa los adquiera, ten cuidado de no mezclarlos con otros tipos de vales, como lo son los de gasolina o vestido, ya que la única modalidad de vales que actualmente tienen beneficio tributario son los vales de alimentación.

Los vales de alimentación pueden ser:

  • Físicos, usualmente entregados en forma de talonera con bonos timbrados con los valores por los cuales se pueden redimir.
  • Electrónicos, con una tarjeta, similar a las tarjetas débito, a las cuales se les carga el valor mensual pactado.

Ambas modalidades son válidas para recibir el beneficio en la retención en la fuente.

¿Por qué los vales de alimentación tienen beneficios tributarios?

El artículo 387-1 del Estatuto tributario determina que los pagos que haga el empleador por concepto de alimentación para el trabajador o su familia, no constituirán ingreso del empleado, siempre y cuando cumpla con lo siguiente:

  • El salario mensual del trabajador no exceda 310 UVT.
  • Solo dejarán de considerarse como ingreso 41 UVT mensuales por concepto de alimentación.

Dentro de las modalidades de alimentación, el artículo expresamente enuncia “… pagos por concepto de la compra de vales o tiquetes para la adquisición de alimentos del trabajador o su familia…”, de aquí que se haya popularizado esta modalidad para realizar este pago en especie.

Partiendo de esta norma, debes tener ciertos escenarios claros para depurar correctamente la retención en la fuente, los cuales detallamos a continuación:

¿Qué debes tener en cuenta para calcular la deducción de los vales de alimentación?

Para realizar el cálculo correcto de la deducción de los vales de alimentación en la depuración de la retención en la fuente por salarios, es necesario hacer ciertas claridades que se derivan de la interpretación de la norma. Entre ellas tenemos:

  • ¿Qué pasa si los pagos por alimentación exceden las 41 UVT?
  • ¿Cómo se determina el tope de 310 UVT para salarios integrales?
  • ¿En qué parte de la depuración se aplica la deducción?

Pagos que exceden 41 UVT mensuales

Desde que el empleado no devengue un salario mensual mayor a 310 UVT, podrá deducir cada mes máximo 41 UVT.

El excedente se considerará salario para el empleado y, por lo tanto, se deberá tener en cuenta en la base gravable de retención en la fuente para salarios.

Determinar el tope de 310 UVT para salarios integrales

Podrán hacer uso de este beneficio los empleados que devenguen un salario mensual inferior a 310 UVT. Si el empleado devenga salario integral, solo se debe tener en cuenta la parte prestacional.

Para determinarlo correctamente, se debe tomar el monto total del salario integral pactado y dividirlo por 1.3 (entendiendo que el 30% del salario corresponde a la prima y cesantías integrada). Esta interpretación fue aclarada por el concepto 39645 del 2003 emitido por la DIAN, en donde ratifican la composición del salario integral.

De esta manera, podríamos decir que los salarios integrales pactados a un valor que no exceda las 403 UVT, podrán descontar los pagos por alimentación.

Cómo depurar la retención en la fuente cuando hay vales de alimentación

Después de tener claras las reglas necesarias para determinar si un empleado tiene o no derecho a descontar los vales de alimentación de sus ingresos laborales, debes saber cómo aplicar esta deducción al momento de calcular la retención en la fuente.

  1. Suma el valor total de los vales de alimentación en el total devengado del mes.
  2. Resta los ingresos no constitutivos de salario, como lo son los aportes obligatorios de pensión, salud y RAIS.
  3. En la depuración de las deducciones, en caso de que no se superen los topes de 310 UVT (403 UVT para integrales), resta el valor recibido por vales de alimentación, teniendo como máximo por este concepto 41 UVT.
  4. Aplica las otras deducciones de ley y aplica las reglas de rentas exentas.

Depurar la retención en la fuente de salarios es muy fácil con Bitákora

Conocimos muchas empresas que consideraron que hacer la depuración correcta de retención en la fuente es un proceso complicado. Por eso evitan explorar otras posibilidades de remuneración como los vales de alimentación, entre otras formas de desalarización.

Con el software de nómina Bitákora podrás realizar correctamente y sin complicaciones la retención en la fuente. Estamos preparados para calcular automáticamente todos los casos contemplados por la legislación laboral de Colombia, así como los recálculos semestrales del porcentaje de retención.

No dejes que la complejidad de los procesos de nómina te impida hacer uso de todas las modalidades de pago y aprovecha los beneficios que ofrece la ley, tanto para el empleador como para el trabajador.

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